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Entró en vigor el Reglamento UE 861/2007 que establece un proceso europeo de escasa cuantía.

01 de enero de 2009

Durante casi una década la Unión Europea ha estado trabajando en los instrumentos legislativos y medidas para facilitar la cooperación judicial y mejorar el acceso a la justicia y mencionó expresamente, en ese contexto, las órdenes de pago.

Uno de estos nuevos proyectos legislativos es el Reglamento (UE) n º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de fecha 11 de julio de 2007, por un proceso europeo de escasa cuantía, que entró plenamente en vigor el 1 de enero de 2009. Las reclamaciones de escasa cuantía son demandas de hasta 2.000 € sin incluir los intereses y costas.

¿Qué casos de acuerdo con la UE son adecuados para ser tratados por este Reglamento? Utilizarlo para pequeñas cantidades pendientes no parece muy lógico, ya que el proceso monitorio europeo parece más diseñado específicamente para dichas reclamaciones. El procedimiento ESC tiene la intención de facilitar las reclamaciones que se espera encontrarse en un conflicto jurídico real y no sólo una falta de pago. Hay un gran número de ejemplos de casos adecuados para tal procedimiento, como pequeños daños sufridos durante unas vacaciones que no puede ser resuelto por las partes. O de un cliente que compra algo por menos de 2.000 € a un proveedor domiciliado en otro Estado miembro de la UE (también a través de Internet), y los productos no son entregados. El cliente puede iniciar un procedimiento ESC contra el vendedor. La acción legal no se limita para el cobro de dinero. El procedimiento ESC también prevé la búsqueda de la finalización de las obligaciones contractuales o de daños y perjuicios en caso de incumplimiento.

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