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Cambios en la UE proceso de solicitud de devolución del IVA a partir de 2010 |
10 de abril de 2009 |
En fecha 1 de enero de 2010 un nuevo procedimiento será presentado para reclamar el reembolso del IVA pagado en un Estado miembro por un sujeto pasivo del IVA no establecidos ni registrados en ese Estado miembro, pero establecidos y el IVA registrado en otro Estado miembro. Sobre la base de este nuevo procedimiento, las solicitudes de devolución del IVA por las empresas del Reino Unido tendrán que ser enviada electrónicamente a través del portal electrónico organizada por la administración del Reino Unido por IVA, y no al Estado miembro en el que el IVA se ha incurrido. El país de establecimiento se pronunciará sobre el derecho de devolución del IVA del demandante, antes de transferir la reclamación al Estado miembro de devolución. Un certificado de la condición de sujeto pasivo ya no es necesario que se adjunte a la solicitud. Las facturas originales no tendrán que adjuntar a la reclamación, pero podría ser solicitada por el Estado miembro de devolución después. |
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